¿QUÉ DEBO HACER SI COMPRO UN TELÉFONO MÓVIL EN EL EXTRANJERO?

¿QUÉ DEBO HACER SI COMPRO UN TELÉFONO MÓVIL EN EL EXTRANJERO?

Desde el 23 de septiembre los teléfonos adquiridos en el extranjero también deberán ser inscritos en la base de equipos.

Para ello existe un procedimiento llamado inscripción administrativa, el que está dirigido sólo a las personas naturales que hayan adquirido un teléfono móvil en el extranjero para su uso personal.

Para realizar el trámite es necesario ser una persona natural y acreditar razonablemente haber adquirido el equipo en el extranjero. El detalle de los documentos requeridos se debe solicitar a las empresas certificadoras.

Independiente de lo que señale la información de fábrica o manual del modelo de equipo respectivo, se entenderá que ese equipo, al no haber sido sometido al proceso de homologación correspondiente, no es apto para el soporte SAE

independientemente si en la práctica pueda recibir los mensajes del Sistema de Alerta de Emergencia (SAE). Así tampoco será posible asegurar que será compatible con aquellas tecnologías que señale soportar.

Además, y tal como ya se señaló, la inscripción administrativa señalada, cuyo único objeto es el registro del equipo telefónico en la base de datos para que pueda operar en la red de las compañías móviles, no certifica, habilita ni acredita que un equipo soporte SAE y todas las bandas y/o tecnologías que el vendedor haya indicado, pues ello es precisamente parte del proceso de homologación, el cual en este caso no se lleva a efecto.

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